
Siendo así, la Cruz Verde es de uso obligatorio para señalizar la ubicación de las farmacias desde que se aprobó la Ley 22/2007, art. 26 que dice así: “Todas las oficinas de farmacia estarán convenientemente señalizadas para su fácil identificación por parte de los usuarios. Reglamentariamente se establecerán las condiciones, requisitos y procedimiento de autorización de dicha señalización e identificación”.